Abierto el plazo para solicitar las ayudas al alquiler de vivienda hasta el próximo 19 de junio

Las familias en situación de vulnerabilidad pueden solicitar la subvención utilizando el modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia (https://sede.murcia.es/ ) y en la web municipal www.murcia.es

Las familias con dificultades para hacer frente al pago del alquiler de sus viviendas, que figuren empadronadas durante al menos un año en el municipio de Murcia, pueden solicitar estas ayudas desde este viernes 19 de mayo hasta el próximo 19 de junio. Las ayudas, que se concederán por un periodo de 12 meses, podrán alcanzar hasta un máximo de 2.400 euros.

La finalidad de estas ayudas, que en 2023 cuentan con un presupuesto inicial de 1 millón de euros, es facilitar la permanencia en el entorno habitual de aquellas personas y familias que tienen dificultades para hacer frente al pago del alquiler de sus viviendas por sus escasos recursos económicos y/o por pertenecer a colectivos de atención social prioritaria: personas con discapacidad, dependencia, familias numerosas, víctimas de violencia de género o terrorismo y familias monoparentales.

Requisitos

Para acceder a las ayudas, los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

La persona beneficiaria o titular del contrato tiene que estar empadronada en el municipio de Murcia durante un año continuado e inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. Las personas víctimas de la violencia de género están exoneradas de este requisito.

Deberán acreditar unos ingresos anuales ponderados comprendidos entre el 0,5 y 1,5 veces el IPREM referidos a toda la unidad familiar. Cuando se trate de colectivos preferentes estos ingresos ponderados el IPREM máximo puede alcanzar el 2.

También tendrán que acreditar que la renta del alquiler en cómputo anual se sitúa entre el 25% y el 100% de los ingresos ponderados de la unidad familiar, reduciéndose al 20% el límite inferior en caso de ingresos ponderados iguales o inferiores al 1,5 del IPREM.

No tener deudas con las administraciones públicas.

La vivienda arrendada debe estar ubicada en el término municipal de Murcia.

La cuantía máxima del alquiler mensual de la vivienda será igual o inferior a 620 euros.

Estas subvenciones, que tendrán un carácter finalista, se podrán compatibilizar con otras ayudas económicas municipales para la atención de necesidades sociales, el complemento de alquiler de las pensiones no contributivas y las ayudas para facilitar el acceso a la vivienda en alquiler o asegurar una solución habitacional a personas especialmente vulnerables subvencionadas por la Consejería de Fomento e Infraestructuras, siempre que no se subvencionen las mismas mensualidades.

Solicitudes

Las solicitudes de subvención ya se pueden formalizar  utilizando el modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia, en la dirección https://sede.murcia.es/ y en la web municipal www.murcia.es. Las instancias deberán ir acompañadas de la documentación requerida para acreditar los requisitos establecidos en los criterios aprobados y también se podrán presentar, como en años anteriores, además de en la sede electrónica municipal, en los registros de Abenarabi, Plaza de Europa y Glorieta de España; así como en cualquier oficina de información municipal situada en pedanías y en los registros del Estado y de la Comunidad Autónoma, o en cualquier registro electrónico de una administración pública.

Para presentar la documentación de forma presencial se deberá solicitar cita previa a través de la web del Ayuntamiento de Murcia (www.murcia.es) o en el teléfono 010 correspondiente al Servicio Atención Ciudadana y Registro.

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