El Pleno ha aprobado esta mañana el Plan de Emergencias frente a la Sequía del Ayuntamiento de Murcia, un documento que contiene una serie de medidas a aplicar en el municipio para optimizar el consumo de recursos hídricos en situaciones de escasez.
El Plan de Emergencia establece una serie de medidas voluntarias y obligatorias en función del escenario de sequía que establezca la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS): prealerta, alerta y emergencia.
En el primer caso, se desarrollarán una serie de medidas estratégicas cuya finalidad básica es el incremento de las disponibilidades del recurso, la reducción de la demanda y la mejora de la eficiencia en el uso del agua.
En estado de alerta, se plantean medidas que tienen como objetivo conservar los recursos mediante la mejora en la gestión, para una reducción del consumo del 10%, mientras que en situación de emergencia el objetivo es alargar al máximo tiempo posible los recursos disponibles. Es en este último estado cuando se establecerán medidas obligatorias a los usos menos prioritarios, con el fin de aplicar una reducción del 15% en el consumo.
Medidas voluntarias y obligatorias
El documento distingue entre medidas voluntarias y obligatorias. Las primeras se aplicarán en estados de normalidad y prealerta. Incluyen la telelectura de contadores, la gestión de fraudes la revisión del reglamento de suministro, la detección de consumos excesivos y un plan de comunicación, que incluiría campañas en internet y programas de educación escolar para concienciar sobre la necesidad de realizar un consumo eficiente y responsable de los recursos hídricos.
Todas estas medidas forman parte ya de la estrategia de preservación del recurso de Aguas de Murcia, que lleva a cabo también medidas internas para incrementar la eficiencia, como la microsectorización, la gestión de la presión de la red y la búsqueda de fugas.
Las medidas obligatorias sólo serán de aplicación previo decreto del estado de sequía correspondiente a las situaciones de alerta y emergencia, siendo declaradas mediante el correspondiente bando de alcaldía, para cada situación y por tiempo limitado.